Por unanimidad se aprueba la Ley General de Educación Superior.

El Senado de la República aprobó el proyecto para expedir la Ley General de Educación Superior, de manera unánime. La Ley tiene como objetivo, formar profesionistas con un alto compromiso social, mismos que tendrán que contribuirán al país en el desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo y económico.

Se aprobó en lo general con 108 votos, este nuevo ordenamiento, el cual reglamenta el artículo tercero de la Constitución Política, y en donde se establece las bases para que el Estado cumpla con su obligación de garantizar el derecho a la enseñanza de este nivel.

Se reconoció la autonomía que la ley otorga a las universidades e instituciones de educación superior, además de su régimen jurídico, autogobierno, libertad de cátedra e investigación, estructura administrativa, patrimonio, características y modelos educativos.

Dentro del dictamen se reitera la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior; además se establecerá un registro nacional de opciones que divulgará a la población en general, sobre los espacios disponibles en a nivel educación superior, además de los requisitos para el ingreso.

Otra de las situaciones que se consideran es la vinculación de las instituciones de educación superior con la necesidad de los sectores social, productivo y económico; también promoverá programas de apoyo para la titulación de los estudiantes; y prioriza a la comunidad estudiantil cuyos intereses y necesidades son el centro del Sistema Nacional de Educación Superior.

Esta Ley, busca fomentar la creación de instancias para prevenir la violencia sexual y de género en los centros escolares; además se establecerá el Sistema para la Evaluación y Acreditación para la educación superior y se estará regulando la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en cuanto al financiamiento.

Este proyecto, no podrá menoscabar la facultad y responsabilidad que tienen las Instituciones de Educación Superior para gobernarse por sí mismas, incluidos los procesos legislativos relacionados con las leyes orgánicas de las universidades e instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía. Se reitero que en todo momento respetarán de manera irrestricta las garantías de dichas instituciones.

Se considera también que cualquier iniciativa o reforma, acota, tendrá que contar con los resultados de una consulta previa, libre e informada de los órganos de gobierno competentes de la universidad o institución de educación superior a la que la ley otorga autonomía y deberá contar con una respuesta explícita de su máximo órgano de gobierno colegiado.

Rubén Rocha Moya, presidente de la Comisión de Educación, expresó que la nueva Ley será un instrumento para elevar los estándares de calidad en universidades, tecnológicos y normales, sin embargo, también se considera dentro de la misma, los derechos laborales de los trabajadores universitarios.

El senador Manuel Añorve Baños, en su participación representando a la Comisión de Estudios Legislativos, indicó que en el ordenamiento se protege el derecho a recibir una educación superior de calidad.

La asamblea dio respaldo a las propuestas que fueron presentadas por senadores de los diferentes Grupos Parlamentarios para modificar los artículos 2, 3, 4, 6, 8, 10, 12, 14, 17, 19, 31, 33, 52, 58, 60, 62, 63, 64, 66, 67, 71, 72, además de los los artículos transitorios tercero, quinto, séptimo, octavo, décimo cuarto y décimo noveno, con 101 votos.

Los cambios presentados garantizaran los derechos y la certeza laboral de los maestros de educación superior; dentro de ellos se definen, conceptos como el de obligatoriedad y gratuidad; y además se contemplan recursos suficientes que aseguren el acceso a este nivel educativo.

Se indica también que las personas con discapacidad podrán acceder a este grado de estudios sin ningún tipo de discriminación; por otra parte se contempla que las autoridades educativas federales tendrán en exclusiva la facultad de otorgar, negar o retirar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios a las instituciones particulares, esto en materia de formación de recursos humanos en áreas de la salud.


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