La Capacidad en la enseñanza en el ámbito universitario hacia alumnos con síndrome de Asperger.

Dr. Williams Alejandro Abdo Arias

Nuevamente expongo ideas ante la permisiva apertura que nos concede este medio, con la intención de mejorar y proponer, antes que cualquier idea de negatividad.

Para poder hacer mención de la capacidad de enseñanza, existen diversos rubros que se pueden hacer distinguir, y con el propósito de poder allegar una imagen lo mas fiel posible a la realidad que en la perspectiva particular se tiene.

Una Universidad, como la que me arropa como profesor investigador, que ha sido en muchas ocasiones evaluada y actualmente acreditada a nivel nacional, con proyección a la internacional, es una respuesta de calidad a la necesidad de la sociedad de allegar nuevos profesionales, en mi caso, del área del Derecho.

En mi escuela, se ha trabajado incansablemente en unión de otros profesionales apasionados en la enseñanza del Derecho, y con otros profesionales interdisciplinarios, para mejorar nuestros planes de estudio.

En esta vertiente, es innegable que la capacidad de enseñanza en nuestra carrera, tiene números amigables e incluso, que destacan sobre la media nacional, señalando que a la fecha, existe una capacidad de recepción de mas de 2400 alumnos en la licenciatura en Derecho, quienes tienen la posibilidad de allegarse de un ambiente cómodo, en el que imperan instalaciones adecuadas para la enseñanza del Derecho, pues se ofrece sala de juicios orales, diversas instalaciones de tecnología de videoconferencias, cámara de Gessel, biblioteca amplia entre otros factores de infraestructura, y pasando al factor humano, podemos destacar casi doscientos profesores, con nivel de posgrado en mas de un ochenta y cinco por ciento, con experiencia y reconocimiento nacional e internacional en el ámbito jurídico.

Ahora bien, lo anterior, aunque implica un orgullo por el de la voz, y posiblemente, una oportunidad de publicitar lo positivo de mi universidad, es únicamente con la intención de abordar un problema que se ha presentado, y que en su individualidad, ha desbordado diversas ideas de escenarios posibles, por lo que retomaré diverso artículo que en general trata de los derechos humanos en los alumnos universitarios con asperger.

En breve, el Asperger no es una enfermedad, sino un trastorno que se encuentra dentro del espectro autista. Como tal, se caracteriza por la dificultad de la interacción social, lo que complica la empatía, alteraciones en la comunicación verbal y no verbal, así como una resistencia inherente para aceptar los cambios; esto acompañado por el interés enfocado en aspectos muy específicos, haciendo que sean estrechos y absorbentes. Esto provoca que las personas que lo tienen puedan llegar a convertirse en expertos en esos temas, ya que esto no afecta de manera alguna su capacidad intelectual con los límites del coeficiente en los límites de lo normal, sino que se potencializa el conocimiento de una materia en específico. Sus características se pueden enfocar en:

  • No pueden relacionarse con sus compañeros. 
  • Tienen tics de movimientos, tics vocales con los que repitan algún sonido.
  • Algún tono de voz diferente, grueso, extraño, chillón. 
  • Tienden a ser desde pequeños hiperliterales, tomar las cosas literales.
  • Les cuesta trabajo entender el doble sentido.
  • No entienden bromas.
  • Les cuesta trabajo entender el lenguaje no corporal.

En mi universidad, la capacidad  de enseñanza, tomando en consideración docentes y elementos auxiliares, es de alto impacto, como ya se ha mencionado en un rubro como lo es el contar con docentes con posgrado, de igual forma, hay educación continua y cursos de actualización varios y con continuidad amplia, lo que resulta en docentes actualizados y capacitados. Sin embargo, existió un caso particular al que hare referencia de la siguiente forma.

En un grupo, fui advertido por diversa profesora, que un alumno, en su criterio, podía tener el síndrome de asperger, por su comportamiento y su forma de relacionarse, con docentes y con alumnos en general.

Al indagar con profesores al respecto, la mayoría expuso una molestia al no saber como tratar al alumno, además de que descontrolaba al grupo pues los alumnos compañeros, tampoco tenían un comportamiento adaptado a las necesidades de éste último.

Por casualidad, en una consulta que dicho alumno realizó con el de la voz, pude apreciar que dicho alumno, leía en inglés, ya que tenia en pantalla de la computadora un articulo diverso, y cual fue grande la sorpresa, que al platicar en dicho idioma, pude entenderle, ya que coordinó sus ideas y pudo expresarlas con un hilo de coherencia desde la duda hasta la conclusión. Debo manifestar que fue un momento glorioso en mi vida docente, porque encontré como vencer el obstáculo, sin embargo, plantea un problema que hoy expongo.

¿Todos mis compañeros profesores tienen la capacidad de enseñar en un segundo idioma?, y los alumnos, ¿tienen capacidad para interactuar en dicha forma?. Este problema, indica un área de oportunidad en la capacidad de enseñanza, ya que una detección oportuna de situaciones particulares como el asperger, puede ser tratada por la comunidad universitaria, y con mayor énfasis, en el docente, encontrando estrategias para que el proceso enseñanza aprendizaje se logre en un ambiente controlado.

De ahí que para poder contribuir a una capacidad en la enseñanza plena, es necesario que se genere un Servicio de Asistencia que pueda darnos a conocer y sensibilizarnos a personal docente,  administrativo y alumnado las diferentes discapacidades que pueden padecer el alumnado, con una Guía de Orientación sobre alumnos con alguna Discapacidad,  en este caso  sobre el Síndrome de Asperger, aunque hay otras trastornos, que se nos convoque al profesorado para que estemos actualizados sobredichos trastornos y podamos hacer adaptaciones curriculares, y si parte del profesorado no pudiere asistir a dichas capacitaciones o reuniones , aprovechar los medios tecnológicos y enviarles dicha  Guía para que también tengan acceso a ella y estar todos informados.

Hay que indicar, que éstas expresiones las tienen ya diversas universidades en España, en donde se enfocan estos problemas.

Fuentes consultadas:

  • Acosta Toraya, Adriana Esmeralda del C., Abdo Arias, Williams Alejandro, Morales Velueta, Ángel, Gaytán Bertruy, Ivonne Adriana.  Los Derechos Humanos y la Legislación Universitaria en estudiante con Asperger. Aplicación del Saber, Casos y Experiencias Vol. 2, Academia Journals, Tabasco, 2016
  • Asociación Asperger Andalucía y Federación Andaluza de Síndrome de Asperger, Guía para la atención del alumnado universitario con síndrome de Asperger. www.asperger.es
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
    Estatuto de la Defensoría de los Derechos Universitarios de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco. http://www.asperger.org.mx/#!articulos-de-interes/ccjp consultado el 20 de enero 2016.
  • División Académica de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, Plan de Desarrollo Divisional 2016-2020
  • http://www.archivos.ujat.mx/2015/abogado%20general/ESTATUTO_DEFENSORIA.pdf. El 20 de enero de 2015.
  • Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista.
  • Reglamento Escolar del Modelo Educativo Flexible
  • Rabelo Hartmann, Fernando. Tercer informe de Actividades. DACSYH-UJAT, México 2019.
  • Universidad Autónoma de Madrid, Universidad de Burgos, Universidad de Malaga, Universidad de Sevilla, Universidad de Zaragoza, hacia un modelo de apoyos universitarios a estudiantes con síndrome de Asperger. Madrid, 2009.

Dr. Williams Alejandro Abdo Arias.

abogabdo@hotmail.com

  • Doctor en Derecho con mención honorífica.
  • Maestro en Derecho Constitucional y Amparo con mención honorífica, Maestro en Derecho Civil.
  • Licenciado en Derecho.

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